ACAI denuncia que Sanidad prepara un decreto a partir del cual las españolas solo podrán abortar con medicamentos

15 Mar 2021

Las mujeres españolas no podrán elegir el método con el que interrumpen su embarazo. Las españolas solo podrán abortar en nuestro país a través del método farmacológico en centros ambulatorios públicos hasta la novena semana de gestación, sin tener en cuenta sus circunstancias personales y médicas.

  • La decisión del Ministerio acabará privando a las mujeres de un método eficaz y seguro como es la técnica instrumental, imponiéndoles el aborto con medicamentos. Por el contrario, ACAI considera imprescindible la convivencia y la defensa de los dos métodos complementarios, farmacológico e instrumental.
  • El Decreto que prepara Sanidad vulnerará dos leyes determinantes, La Ley41/2002 de Autonomía del Paciente y la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva e IVE, reduciendo con ello las exigencias y condiciones de calidad y seguridad de los centros sanitarios donde se realizaría la prestación de aborto provocado.
  • El Ministerio de Sanidad busca cerrar los centros especializados en aborto provocado que desde 1985 han permitido que las mujeres españolas accedieran a la IVE de forma segura, confidencial y eligiendo el método más acorde a sus circunstancias sanitarias e íntimas.
  • La consulta pública previa del proyecto de modificación del Real Decreto desprestigia la labor de unos/as profesionales que han sido y son acosados/as y perseguidos/as por garantizar el derecho de las mujeres españolas a interrumpir su gestación desde hace más de 35 años.
  • Con la generalización del aborto farmacológico, Sanidad renuncia, como venía reivindicando ACAI, a formar a los/as profesionales en todas las técnicas de IVE.Algo imprescindible para garantizar la seguridad del proceso y la legítima libertad de elección de la mujer, quien tiene derecho a elegir no sólo si interrumpe o no su gestación sino el método más adecuado para hacerlo.

Con respecto a las inexactitudes con las que Sanidad justifica su proyecto tenemos que decir que:

Es incierto que los centros IVE sólo realicen abortos instrumentales, ya que es la mujer la que de acuerdo a sus circunstancias médicas y personales decide el método más acorde a su situación.

  • Sanidad sostiene que los abortos provocados se han venido realizando en los centros acreditados concertados por saturación del Sistema Público. Esta afirmación falta a la verdad, ya que las IVE se han realizado en estos centros porque desde la aprobación de la Ley de 1985, el personal de los centros públicos ha evitado realizar esta prestación sanitaria entre otras razones porque se han visto afectados/as por una objeción de conciencia fundamentalmente profesional y porque no han sido formados en las técnicas IVE,ya que el aborto provocado no es materia curricular en las carreras ni de Medicina ni de Enfermería y tampoco se enseña durante la especialización. Pese a que ACAI consiguió que se introdujera en la Ley de IVE la imprescindible formación en todos los métodos, la Norma no se ha cumplido.
  • En este sentido, la generalización del aborto farmacológico, fiel aliado de la objeción de conciencia permitiría eludir esta obligación establecida en la Ley, ya que dicha técnica supone una menor formación e implicación del personal médico y sanitario en el aborto, siendo la mujer la que prácticamente, por si misma, realiza la IVE.
  • Tal y como reconoce el texto de la consulta pública previa, las razones que motivan esta medida, responden a criterios económicos, pero en modo alguno a criterios de calidad;ya que tal y como establecen todos los organismos internacionales, entre ellos la OMS, todos los/as profesionales que realizan abortos, ya sea en la sanidad pública, concertada o privada, deberían estar formados/as en todas las técnicas de IVE para poder garantizar la seguridad de las pacientes, la libertad de elección de las mujeres y poder abordar los fallos y efectos indeseados del método farmacológico, ya que el fallo de esta técnica es de entre un 3% y un 5%, y entre el 0’5% y el 2% de los casos, el embarazo es evolutivo.
  • Incierto también que mayoritariamente las mujeres elijan el método farmacológico. Al contrario, más del 70% de las mujeres españolas eligen el método instrumental cuando se les permite elegir
  • Carece completamente de rigor científico, afirmar, como hace el Ministerio, que la implantación del método farmacológico, reduce los abortos y las IVE de repetición.Asimismo, y en contra de las presunciones carentes de fundamento que hace Sanidad en su consulta, informamos que desde los centros IVE siempre se aborda con las mujeres sus posibilidades anticonceptivas en nuestra lucha por reducir los embarazos no deseados y en consecuencia los abortos.
  • En contra de lo manifestado por Sanidad, las/os profesionales que realicen abortos deben estar integrados/as en unidades especializadas que respalden la intervención, porque la IVE es una técnica socio-sanitaria compleja que abarca varios aspectos en relación con la mujer: el estrictamente sanitario, el social, el psíquico y el íntimo. Todos estos aspectos deben ser tratados, entendidos y asumidos debidamente, uno por uno, a su debido tiempo, con la ayuda de profesionales de diversos ámbitos, con experiencia, empatía y sin juicios previos de carácter moral o religioso.
  • El hecho de que una mujer opte por la técnica farmacológica no debería implicar la desatención médica.La mujer no solo debe estar acompañada sanitariamente antes, durante y después del proceso; sino que debe tener la certeza de que sus dudas y complicaciones serán atendidas por el personal médico que ha iniciado el proceso y que debería contar con la especialización correspondiente.
  • El Ministerio no debería olvidar que la mujer tiene derecho a elegir su método de IVE,su percepción de las técnicas debe ser considerada. Tiene derecho a ser escuchada porque solo sus circunstancias médicas y su situación familiar y personal deberían determinar su elección informada.
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